Dos años y nueve meses después de incluir en la Ley de Desarrollo de Relaciones Intercoreanas una cláusula prohibiendo el lanzamiento de folletos anti Pyongyang, el Tribunal Constitucional la ha declarado como inconstitucional.
El artículo 24 de la citada ley limita el envío hacia territorio norcoreano de panfletos propagandísticos que pudieran dañar la vida y la salud de la población, o bien provocar riesgos graves, además de contemplar sanciones de hasta tres años de prisión y multas de hasta 30 millones de wones contra quienes incurran en esa práctica.
Dicho punto fue incluidomediante una reforma aprobada por el Parlamento en diciembre de 2020, argumentando que el lanzamiento de folletos anti Pyongyang ponía en riesgo la seguridad de los residentes en zonas fronterizas.
Pese a todo, diversas organizaciones de desertores o de activistas en pro de los derechos humanos norcoreanos prosiguieron con los envíos de panfletos, y presentaron un recurso de inconstitucionalidad.
Finalmente, el Tribunal Constitucional dictaminó el martes 26 que dicha cláusula vulnera la Carta Suprema del país al limitar en exceso la libertad de expresión de los ciudadanos, procediéndo a declarar su inconstitucionalidad y su nulidad de inmediato.