El Tribunal Constitucional ha declarado como acorde a la Carta Magna la Ley de Juicios Participativos que fija en veinte años el límite de edad para integrar el jurado.
Al considerar el propósito de los juicios participativos, y la autoridad y la responsabilidad del jurado, el Constitucional valora la edad como requisito mínimo para ser jurado, al precisar suficiente experiencia y educación, y por tanto descarta que sea arbitrario.
El cuestionamiento de esa norma surgió al valorar si sería razonable mantener la condición de tener 20 años para ser jurado, cuando la mayoría de edad se ha establecido en 19 años, y el derecho a sufragio en 18 años.